Muestra de nuestro resumen del tema 14 - Infraestructuras Críticas

By Deltapol - junio 06, 2021

 DIRECTIVA EUROPEA 2008/114 CE, LEY 8/2011 DE 28 DE ABRIL, RD 704/2011 

DEFINICIONES IMPORTANTES:

❖ SERVICIO ESENCIAL: servicio necesario para el mantenimiento de las funciones sociales básicas, la salud, la seguridad, el bienestar social y económico de los ciudadanos, o el eficaz funcionamiento de las Instituciones del Estado y las Administraciones Públicas.

❖ SECTOR ESTRATÉGICO: cada una de las áreas diferenciadas dentro de la actividad laboral, económica y productiva, que proporciona un servicio esencial o que garantiza el ejercicio de la autoridad del Estado o de la seguridad del país. Existen 12 sectores estratégicos.

❖ SUBSECTOR ESTRATÉGICO: cada uno de los ámbitos en los que se dividen los distintos sectores estratégicos.

INFRAESTRUCTURAS ESTRATÉGICAS: instalaciones, redes, sistemas y equipos físicos y de tecnología de la información sobre las que descansa el funcionamiento de los servicios esenciales.

INFRAESTRUCTURAS CRÍTICAS: infraestructuras estratégicas cuyo funcionamiento es indispensable y no permite soluciones alternativas, por lo que su perturbación o destrucción tendría un grave impacto sobre los servicios esenciales.

❖ INFRAESTRUCTURAS CRÍTICAS EUROPEAS: aquellas infraestructuras críticas situadas en algún Estado miembro de la Unión Europea, cuya perturbación o destrucción afectaría gravemente al menos a 2 Estados miembros.

❖ ZONA CRÍTICA: aquella zona geográfica continua donde estén establecidas varias infraestructuras críticas a cargo de operadores diferentes e interdependientes, que sea declarada como tal por la Autoridad competente.

❖ CRITERIOS HORIZONTALES DE CRITICIDAD: los parámetros en función de los cuales se determina la criticidad, la gravedad y las consecuencias de la perturbación o destrucción de una infraestructura crítica en función de:

1) El número de personas afectadas.

2) El impacto económico.

3) El impacto medioambiental.

4) El impacto público y social.

❖ INTERDEPENDENCIAS: los efectos que una perturbación en el funcionamiento de la instalación o servicio produciría en otras instalaciones o servicios.

OPERADORES CRÍTICOS: las entidades u organismos responsables de las inversiones o del funcionamiento diario de una instalación, red, sistema, equipo físico o de tecnología de la información designada como infraestructura crítica con arreglo a la presente Ley.

❖ NIVEL DE SEGURIDAD: aquel cuya activación por el Ministerio del Interior está prevista en el Plan Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas, de acuerdo con la evaluación general de la amenaza y con la específica que en cada supuesto se efectúe sobre cada infraestructura, en virtud del cual corresponderá declarar un grado concreto de intervención de los diferentes organismos responsables en materia de seguridad.

❖ CATÁLOGO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURAS ESTRATÉGICAS: la información completa, actualizada, contrastada e informáticamente sistematizada relativa a las características específicas de cada una de las infraestructuras estratégicas existentes en el territorio nacional.


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