Muestra de nuestro resumen del tema 13 - Seguridad Privada

By Deltapol - junio 07, 2021

LEY 5/2014 DE 4 DE ABRIL, RD 2364/1994 DE 9 DE DICIEMBRE

OBJETO:

Esta ley tiene por objeto regular la realización y la prestación por personas privadas, físicas o jurídicas, de actividades y servicios de seguridad privada que, desarrollados por éstos, son contratados, voluntaria u obligatoriamente, por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, para la protección de personas y bienes. Igualmente regula las investigaciones privadas que se efectúen sobre aquéllas o éstos. Todas estas actividades tienen la consideración de complementarias y subordinadas respecto de la seguridad pública.

Asimismo, establece el marco para la más eficiente coordinación de los servicios de seguridad privada con los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de los que son complementarios.

DEFINICIONES:

❖ ACTIVIDADES DE SEGURIDAD PRIVADA: los ámbitos de actuación material en que los prestadores de servicios de seguridad privada llevan a cabo su acción empresarial y profesional.

❖ SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA: las acciones llevadas a cabo por los prestadores de servicios de seguridad privada para materializar las actividades de seguridad privada.

❖ FUNCIONES DE SEGURIDAD PRIVADA: las facultades atribuidas al personal de seguridad privada.

❖ MEDIDAS DE SEGURIDAD PRIVADA: las disposiciones adoptadas para el cumplimiento de los fines de prevención o protección pretendidos.

❖ PRESTADORES DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA: empresas de seguridad privada, despachos de detectives y personal habilitado para el ejercicio de seguridad privada.

❖ EMPRESA DE SEGURIDAD PRIVADA: las personas físicas o jurídicas, privadas, autorizadas o sometidas al régimen de declaración responsable, para prestar servicios.

❖ PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA: las personas físicas que, habiendo obtenido la correspondiente habilitación, desarrollan funciones de seguridad privada.

❖ PERSONAL ACREDITADO: profesores de centros de formación, ingenieros y técnicos que desarrollen las tareas que les asigna esta ley y los operadores de seguridad.

❖ DESPACHOS DE DETECTIVES PRIVADOS: las oficinas constituidas por uno o más detectives privados que prestan servicios de investigación privada.

❖ CENTROS DE FORMACIÓN DE ASPIRANTES O DE PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA: establecimientos sometidos al régimen de declaración responsable para impartir formación al personal de seguridad privada.

❖ ELEMENTO, PRODUCTO O SERVICIO HOMOLOGADO: aquel que reúne las especificaciones técnicas o criterios que recoge una norma técnica al efecto.

❖ ELEMENTO, PRODUCTO O SERVICIO ACREDITADO, CERTIFICADO O VERIFICADO: aquel que lo ha sido por una entidad independiente.

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